ACCIÓ publicará próximamente una nueva convocatoria de subvenciones para proyectos empresariales en zonas de transición nuclear. Este programa tiene como objetivo mejorar la competitividad de Cataluña, generar nueva actividad económica y fomentar la creación de empleo altamente cualificado. También contribuirá al reequilibrio territorial.
La convocatoria incluirá diversas líneas de apoyo para diferentes tipos de proyectos. Esto incluye inversiones productivas, creación de empleo, proyectos cooperativos, iniciativas de emprendimiento de alto valor añadido y proyectos de innovación tecnológica. En esta entrada, se resumen las características principales de la Línea 2: Proyectos de creación de empleo.
Beneficiarios
Las empresas que estén ubicadas o en proceso de ubicarse en alguno de los municipios beneficiarios del Fondo de Transición Nuclear pueden ser beneficiarias. También se consideran beneficiarias las comunidades de bienes.
Se considera empresa cualquier entidad que esté legalmente constituida en el momento de la presentación de la solicitud y que desarrolle una actividad económica.
Consulta los municipios beneficiarios a través del siguiente enlace.
Actuaciones subvencionables
Se consideran subvencionables los proyectos de creación de empleo que impliquen la creación de al menos 3 nuevos puestos de trabajo y que se realicen en uno de los municipios beneficiarios del Fondo de Transición Nuclear.
Para calcular la creación de empleo, se hará la diferencia entre la media de puestos de trabajo de los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del proyecto y el empleo al momento de finalizar el proyecto.
Si la media resultante es inferior a la cifra de empleo al momento de iniciar el proyecto, se tomará como referencia el número de trabajadores al inicio.
A efectos de estas bases, los puestos de trabajo se calcularán en unidades de trabajo anual (UTA), es decir, en función del número de puestos de trabajo a tiempo completo. Los puestos de trabajo a tiempo parcial se contabilizarán como fracciones de UTA.
Se considerará trabajador desfavorecido cualquier persona que cumpla alguno de los siguientes requisitos:
a) No haya tenido un puesto de trabajo fijo remunerado en los 6 meses previos a la contratación.
b) Tengan entre 16 y 24 años.
c) No tenga cualificaciones educativas de formación secundaria o profesional superior, o haya finalizado su educación a tiempo completo en los dos años anteriores y no haya tenido un empleo fijo remunerado previamente.
d) Tenga más de 50 años.
e) Trabaje en un sector o profesión con un desequilibrio de sexos superior al 25 % respecto a la media nacional de los sectores económicos del Estado, y forme parte del grupo de género subrepresentado.
Los gastos subvencionables son las siguientes:
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El coste laboral de los primeros 12 meses del nuevo personal contratado. Este coste incluye el salario bruto y las cotizaciones sociales obligatorias a la Seguridad Social a cargo de la empresa.
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El gasto por la realización del informe de justificación de la actuación subvencionada, elaborado por un auditor de cuentas.
Cantidad de la subvención
.El 50% del coste laboral durante 12 meses.
Pago
- Anticipo del 80 % de la cantidad otorgada al otorgamiento, sin garantías.
- El 20 % restante se paga una vez se haya presentado y aprobado el informe justificativo con informe de auditor.
Plazo previsto de la convocatoria
Actualmente, está previsto que las bases reguladoras se publiquen durante el mes de marzo de 2026, mientras que la convocatoria se abrirá previsiblemente el mes siguiente.
Por lo tanto, aún no es posible presentar solicitudes, pero se recomienda a las empresas interesadas comenzar a preparar sus proyectos con antelación para poder presentarlos tan pronto como se abra el periodo de solicitud.
Toda la información ha sido extraída de la Resolución EMT/2300/2025, de 17 de junio, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos empresariales realizados en zonas de transición nuclear. Hay que tener en cuenta que la convocatoria de 2026 puede sufrir modificaciones.
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