Información en relación a los Fondos de Transición Nuclear:

1. Convocatoria y publicación:

  • Resolución que abre la convocatoria: Resolución EMT/1131/2024, publicada el 5 de abril de 2024. (ENLACE A LAS BASES)
  • Publicación de la convocatoria: Publicada el 11 de abril de 2024 en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC).

2. Fecha de inicio y finalización para la presentación de solicitudes:

  • Inicio: 09:00 horas del día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC.
  • Finalización: 14:00 horas del 6 de mayo de 2024.

3. Beneficiarios: Requisitos y ámbito territorial:

  • Requisitos generales: Empresas con establecimiento operativo en Cataluña o en proceso de establecerlo, excluyendo empresas de comercio al por menor, centros de atención telefónica, sector inmobiliario, entre otros.
  • Énfasis en PYMEs: Para ciertas acciones, sólo pueden ser beneficiarias las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME).
  • Ámbito territorial: Cataluña, con especial atención a los municipios fuera del Barcelonès, Baix Llobregat, Vallès Oriental, y Vallès Occidental para ciertos proyectos.

4. Acciones objeto de subvención y líneas:

  • Creación de empleo: Se subvencionan varios tipos de proyectos como centros de servicios en TICs, centros de decisión de ámbito suprarregional, proyectos industriales, entre otros.
  • Inversiones en activos fijos: Subvenciones para proyectos que impliquen inversión en activos materiales e inmateriales, con requisitos específicos según el tipo de acción.

5. Partidas subvencionables y no subvencionables:

  • Subvencionables: Inversiones en maquinaria nueva, instalaciones y equipos tecnológicamente avanzados directamente vinculados al proceso productivo.
  • No subvencionables: Costos com a arrendaments financers, compra de terrenys, construcció d’edificis, entre altres especificats a les bases.

6. Ejemplos y casos susceptibles de subvención y prácticas análogas en anteriores convocatorias:

  • Ejemplos susceptibles de subvención: Proyectos que generan empleo como centros de I+D+i, implantación de nuevos centros de servicios en TICs, y proyectos estratégicos en sectores específicos como el medioambiental.
  • Prácticas análogas en anteriores convocatorias: Continuación de políticas de apoyo a la industria y empresa catalana, con ejemplos de convocatorias anteriores que han apoyado la internacionalización, la innovación y la transformación digital.

 

Acción 1.6: Proyectos de creación de empleo en zonas afectadas por la producción de energía nuclear
Objetivo:

  • Esta acción busca subvencionar proyectos de creación de empleo localizados en zonas geográficas afectadas por el impacto ambiental de la producción de energía eléctrica nuclear.

Requisitos de los proyectos:

  • Los proyectos deben ser industriales o de servicios en la industria.
  • Creación mínima de 3 puestos de trabajo.

Ámbito geográfico:

  • Zonas en un radio de 30 kilómetros concéntricos con las centrales nucleares de Ascó y Vandellòs, que pertenecen a las zonas de planificación I y II del Plan de emergencia nuclear exterior (PENTA).

Financiación:

  • Ayuda máxima: 1 millón de euros.
  • Intensidad de la ayuda: Hasta el 70% de los costes subvencionables.

Costes subvencionables:

  • El coste laboral de los primeros 6 meses del nuevo personal contratado, incluyendo salario bruto y cotizaciones sociales obligatorias a la Seguridad Social a cargo de la empresa.

Acción 2.2: Proyectos de inversión en activos fijos en zonas afectadas por actividades nucleares
Objetivo:

  • Esta acción se dirige a subvencionar la inversión en activos fijos que incorporen una nueva actividad por la empresa en Cataluña o una ampliación de la capacidad productiva, situados en zonas afectadas por actividades de producción de energía eléctrica de origen nuclear.

Requisitos de los proyectos:

  • Los proyectos deben ser industriales o de servicios en la industria.
  • Gasto mínimo aceptado en activos fijos materiales e inmateriales de 100.000 euros.

Ámbito geográfico:

  • Zonas en un radio de 30 kilómetros concéntricos con las centrales nucleares, en las zonas de planificación I y II del PENTA, similar a la acción 1.6.

Financiación:

  • Ayuda máxima: 2.250.000 euros.
  • Intensidad de la ayuda: 60% de los costes subvencionables.

Costes subvencionables:

  • Inversiones en activos materiales e inmateriales directamente vinculados a la nueva o ampliada actividad, como maquinaria, equipamiento, instalaciones y tecnologías avanzadas.

Consideraciones generales por ambas acciones

Restricciones y exclusiones:

  • No son elegibles los proyectos de centros logísticos dedicados al comercio electrónico o grandes superficies, así como determinadas actividades sectoriales específicas según las bases.

Procedimiento de aplicación:

  • Las empresas interesadas deben presentar su solicitud dentro del plazo especificado, acompañándola con la documentación necesaria que demuestre el cumplimiento de los requisitos y la viabilidad del proyecto.

Estas líneas de ayuda son una parte esencial del apoyo a la regeneración económica y el desarrollo sostenible en áreas específicamente afectadas por la actividad nuclear en Cataluña, buscando promover la creación de trabajo y la inversión en infraestructura y tecnología.