Fondos de Transición Nuclear: Ayudas para empresas en zonas afectadas por la actividad nuclear en Cataluña

Los Fondos de Transición Nuclear están destinados a impulsar el tejido empresarial en las áreas afectadas por la producción de energía nuclear en Cataluña, especialmente en las zonas próximas a Ascó y Vandellòs. La convocatoria actual, regulada por la Resolución EMT/1131/2024, tiene como objetivo principal fomentar la creación de empleo y la inversión en activos fijos en estas zonas, promoviendo así el desarrollo económico y la transición justa del territorio.

Acciones subvencionables y condiciones

Acción 1.6: Creación de empleo

  • Objetivo: Fomentar la contratación de nuevo personal en zonas afectadas por la actividad nuclear.

  • Ámbito geográfico: Municipios situados en un radio de 30 km de las centrales nucleares de Ascó y Vandellòs (zonas PENTA I y II).

  • Requisitos del proyecto: Mínimo de 3 nuevos puestos de trabajo en actividades industriales o de servicios a la industria.

  • Ayuda: Hasta 1.000.000 € por proyecto, con un 70% de subvención sobre los costes laborales de los primeros 6 meses.

  • Gastos subvencionables: Salario bruto y cotizaciones sociales obligatorias del nuevo personal contratado.

Acción 2.2: Inversión en activos fijos

  • Objetivo: Financiar proyectos empresariales que impliquen una nueva actividad o la ampliación de la capacidad productiva.

  • Ámbito geográfico: Mismo que la acción 1.6 (zonas PENTA I y II).

  • Requisitos del proyecto: Inversión mínima de 100.000 € en activos materiales o inmateriales.

  • Ayuda: Hasta 2.250.000 € por proyecto, con una intensidad del 60%.

  • Gastos subvencionables: Maquinaria, equipamiento, instalaciones, tecnología avanzada y otros activos directamente vinculados a la actividad.


Requisitos generales de los beneficiarios

  • Empresas ya establecidas en Cataluña o en proceso de establecerse.

  • En determinadas acciones, solo se admiten PYMEs.

  • Se excluyen sectores como el comercio minorista, el inmobiliario o los centros de atención telefónica.


Plazos y procedimiento

  • Convocatoria abierta: Resolución publicada en el DOGC el 11 de abril de 2024.

  • Inicio de solicitudes: A las 09:00h del día siguiente a la publicación.

  • Fecha límite: 6 de mayo de 2024 a las 14:00h.

  • Las solicitudes deben incluir toda la documentación requerida para acreditar los requisitos del proyecto.


¿Qué se puede y no se puede subvencionar?

  • Sí subvencionables: Activos nuevos vinculados directamente al proceso productivo, como maquinaria, instalaciones y tecnologías.

  • No subvencionables: Compra de terrenos, edificios, leasing, entre otros costes excluidos por las bases.


Más allá del sector industrial

Se prevé también el apoyo a proyectos agrarios y turísticos en futuras convocatorias, fomentando la diversificación económica de la zona y la transición hacia un modelo más sostenible.


¿Tienes un proyecto en marcha?

Si estás pensando en presentar tu propuesta para los Fondos de Transición Nuclear, en Pymeralia te ayudamos a estudiar la viabilidad del proyecto, preparar la documentación y gestionar la solicitud.

👉 Contáctanos para más información


Enlaces útiles