ACCIÓ tiene previsto publicar próximamente las bases reguladoras para la Línea 3.2: Proyectos de crecimiento y nuevas oportunidades de negocio – Cambio estructural. Esta línea de subvenciones está diseñada para dar apoyo a los proyectos empresariales que se realicen en zonas de transición nuclear, con el objetivo de impulsar cambios estructurales en las empresas mediante la implementación de nuevas oportunidades de negocio.

Los proyectos subvencionados deben consistir en la ejecución de acciones definitivas en un plan de negocio, con la finalidad de desarrollar una nueva actividad que pueda convertirse en una línea de negocio sostenible y con potencial de crecimiento. Esta línea busca fomentar la innovación y el cambio en las empresas, contribuyendo al desarrollo económico y a la creación de nuevas oportunidades laborales en las zonas afectadas por el cierre de las centrales nucleares.

Beneficiarios

Las empresas que estén ubicadas o en proceso de ubicarse en alguno de los municipios beneficiarios del Fondo de Transición Nuclear pueden ser beneficiarias. También se consideran beneficiarias las comunidades de bienes.

Se considera empresa cualquier entidad que esté legalmente constituida en el momento de la presentación de la solicitud y que desarrolle una actividad económica en el momento de la presentación de la solicitud.

Consulta los municipios beneficiarios a través del siguiente enlace.

Actuaciones y gastos subvencionables

Se consideran subvencionables los proyectos empresariales de cambio estructural realizados en un municipio de zona de transición nuclear consistentes en la implementación de las acciones definidas en el plan de negocio previo (línea 3.1) y que podrán convertirse en una línea de negocio para la empresa.

Gastos subvencionables:

  • Adquisición de maquinaria y equipos. Se excluyen como gastos subvencionables los gastos en activos inmobiliarios, obra civil, instalaciones asociadas a la obra civil y gastos de ingeniería. Los elementos de segunda mano serán subvencionables siempre que cumplan los siguientes requisitos:
      • Que conste en el expediente de subvención una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y sobre que los mismos no han sido objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria.
      • Que el precio no sea superior al valor de mercado de referencia ni al coste de bienes nuevos similares, acreditándose estos extremos mediante certificación de tasador independiente.
  • Gastos externos vinculados exclusivamente a la nueva línea de actividad (protótipos, pruebas de simulación, estudios de buenas prácticas, certificaciones, homologaciones de producto, software o gastos similares).
  • Gastos específicos de formación externa del personal para adaptarse a la nueva actividad.
  • Gastos de personal interno dedicado exclusivamente a implementar la nueva actividad. No se incluirán los gastos de personal interno derivados de la dedicación de este a cualquier actividad habitual de la empresa.
  • Gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada.

Cuantía de la subvención

  • Adquisición de maquinaria y equipos:
      • Pequeña empresa: 20%
      • Mediana empresa: 10%
      • Gran empresa: No aplicable (n/a)
  • Gastos externos:
      • Pequeña empresa: 75%
      • Mediana empresa: 75%
      • Gran empresa: 75%
  • Gastos de formación:
      • Pequeña empresa: 25%
      • Mediana empresa: 25%
      • Gran empresa: 25%
  • Gastos de personal:
      • Pequeña empresa: 75%
      • Mediana empresa: 75%
      • Gran empresa: 75%
  • Gastos de auditoría:
      • Pequeña empresa: 100%
      • Mediana empresa: 100%
      • Gran empresa: 100%

Pago

  • Anticipo del 80% del importe otorgado en el momento de la concesión, sin garantías.
  • El 20% restante se paga una vez se haya presentado y aprobado la cuenta justificativa con informe de auditor.

Plazo previsto de la convocatoria

Se prevé que las bases reguladoras se publiquen en marzo de 2026, y que la convocatoria se abra, previsiblemente, el mes siguiente.

Así que, todavía no es posible presentar solicitudes, pero se recomienda a las empresas interesadas que comiencen a preparar sus proyectos de inversión con tiempo, para poder presentarlos tan pronto como se abra el plazo de solicitud.

 

Toda la información ha sido extraída de la Resolución EMT/2300/2025, de 17 de junio, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos empresariales realizados en zonas de transición nuclear. Hay que tener en cuenta que la convocatoria de 2026 puede sufrir modificaciones.

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