Ya se ha abierto la convocatoria 2026 de las ayudas para proyectos empresariales en zonas de transición nuclear: solicitudes hasta el 22 de mayo

Las empresas interesadas ya pueden pedir las ayudas para proyectos empresariales en zonas de transición nuclear. La convocatoria 2026 ya está abierta y el plazo de presentación de solicitudes va desde las 09:00 horas del día 16 de abril hasta las 14:00 horas del día 22 de mayo de 2026.

Esta nueva convocatoria, impulsada por ACCIÓN, se enmarca en la línea de subvenciones para proyectos empresariales llevados a cabo en zonas de transición nuclear y se rige por las bases reguladoras aprobadas a la Resolución EMT/766/2026, de 16 de marzo.

15 millones de euros para proyectos empresariales en zonas de transición nuclear

La convocatoria 2026 de las ayudas para zonas de transición nuclear cuenta con una dotación máxima de 15.000.000,00 euros. Este presupuesto se distribuye entre diferentes líneas de ayuda orientadas a impulsar la inversión empresarial, la creación de ocupación, el crecimiento empresarial, la captación de talento, los proyectos cooperativos, el emprendimiento de alto valor añadido y la innovación tecnológica.

Reparto del presupuesto por líneas, partidas presupuestarias y anualidades:

Línea
Partida presupuestaria
Anualidad 2026 Anualidad 2027 Anualidad 2028 Anualidad 2029 Importe total
Línea 1. Subvenciones para proyectos de inversión empresarial
D/7025/7700001/662 9.920.000,00€ 49.600,00€ 198.400,00€ 2.232.000,00€ 12.400.000,00€
Línea 2. Subvenciones para proyectos de creación de ocupación D/7025/7700001/662 480.000,00€ 0,00€ 90.000,00€ 30.000,0 € 600.000,00€
Línea 3.1. Cambio estratégico
D/7025/7700001/574 64.000,00€ 3.200,00€ 12.800,00€ 0,00€ 80.000,00€
Línea 3.2. Cambio estructural
D/7025/7700001/574 192.000,00€ 9.600,00€ 38.400,00€ 0,00€ 240.000,00€
Línea 3.3. Captación de talento
D/7025/7700001/574 64.000,00€ 3.200,00€ 12.800,00€ 0,00€ 80.000,00€
Línea 4. Subvenciones para proyectos cooperativos
D/7025/4700001/574 480.000,00€ 24.000,00€ 96.000,00€ 0,00€ 600.000,00€
Línea 5. Emprendimiento de alto valor añadido
D/7025/7700001/574 320.000,00€ 16.000,00€ 64.000,00€ 0,00€ 400.000,00€
Línea 6. Innovación tecnológica
D/7025/4700001/574 480.000,00€ 24.000,00€ 96.000,00€ 0,00€ 600.000,00€

Reparto del presupuesto entre Zona Y y Zona II PENTA

La convocatoria también establece un criterio territorial muy relevante. Para cada una de las líneas, un 50% del presupuesto se destinará a los beneficiarios ubicados en municipios de Zona Y de afectación PENTA y el otro 50% en los beneficiarios ubicados en municipios de Zona II de afectación PENTA. En caso de existencia de sobrante, el presupuesto se podrá traspasar entre las dos zonas de afectación PENTA.
Esto significa que la convocatoria busca garantizar un reparto territorial equilibrado de los fondos dentro del ámbito beneficiario de la transición nuclear.

Qué pasa si queda presupuesto sobrante?

La resolución también prevé qué pasa si, una vez resueltas las solicitudes, queda permaneciendo en alguna línea. En este caso, el sobrante se utilizará para dar ayudas al resto de líneas, priorizando aquellas que tengan un porcentaje más alto de proyectos denegados por carencia de presupuesto en relación con el número de solicitudes presentadas.

Además, en el caso concreto de la línea 3 de proyectos de crecimiento y nuevas oportunidades de negocio, si hay sobrando en alguna de las tipologías 3.1, 3.2 o 3.3, este remanente se destinará primeramente a conceder ayudas dentro de este mismo bloque, antes de redistribuirse al resto de líneas.

Hasta cuando se pueden presentar las solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes es uno de los puntos clave de la convocatoria. Las solicitudes se pueden presentar desde las 09:00 horas del día 16 de abril de 2026 hasta las 14:00 horas del día 22 de mayo de 2026.
Por lo tanto, las empresas interesadas tienen que preparar la documentación y tramitar la petición dentro de este plazo si quieren optar a las ayudas.

Cuando se resolverá la convocatoria?

El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Línea 1. Subvenciones para proyectos de inversión empresarial

La Línea 1 es la más dotada presupuestariamente, con 12.400.000,00 euros, y está orientada a proyectos de inversión en activos fijas que supongan la creación de un nuevo establecimiento, la incorporación de una nueva actividad para la empresa, una ampliación de la capacidad productiva o una mejora del proceso productivo, siempre que se lleven a cabo en uno de los municipios beneficiarios del Fondo de transición nuclear.
El gasto mínimo aceptado en activos fijas materiales e inmateriales tiene que ser igual o superior a 100.000,00 euros.
Entre los gastos subvencionables se incluyen:
  • Activos materiales: adquisición de terrenos, edificaciones, maquinaria, equipación, instrumental de laboratorio e instalaciones.
  • Solo serán subvencionables los activos de nueva adquisición, excepto los terrenos y las edificaciones, que pueden ser de segunda mano.
  • Activos inmateriales: inversión en transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados y adquisición de software vinculado al proceso productivo.
  • Gastos de ingeniería —solo para ayudas acogidas al Reglamento de minimis— y obra civil necesarias para la ejecución del proyecto.
  • Gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada.

La beneficiaria podrá subcontratar hasta un 80% de la actividad subvencionada.

Línea 2. Subvenciones para proyectos de creación de ocupación

La Línea 2 está pensada para proyectos de creación de ocupación de un mínimo de 3 nuevos puestos de trabajo, siempre que se lleven a cabo en municipios beneficiarios del Fondo de transición nuclear.

El cálculo para determinar la creación de ocupación será la diferencia entre la media de los puestos de trabajo de los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del proyecto y la ocupación a la fecha de finalización del proyecto. Si la media resultante es inferior a la cifra al inicio del proyecto, se cogerá como referencia el número de trabajadores al inicio del proyecto. A los efectos de estas bases, los puestos de trabajo se calcularán con unidades de trabajo anual (UTA).

Los gastos subvencionables son:
  • el coste laboral de los primeros 12 meses del nuevo personal contratado, incluyendo salario bruto y cotizaciones sociales obligatorias en la Seguridad Social a cargo de la empresa;
  • el gasto de auditoría del informe de justificación.
Los proyectos se podrán llevar a cabo entre el 1/1/2026 y el 30/6/2027, sin ampliaciones de plazo.

Línea 3.1. Proyectos de crecimiento y nuevas oportunidades de negocio – Cambio estratégico

La Línea 3.1 subvenciona proyectos empresariales de cambio estratégico consistentes en la realización de un plan de negocio para desarrollar una nueva oportunidad de negocio identificada previamente por la empresa en su plan estratégico y que, en el futuro, pueda acontecer una nueva línea de negocio.
El gasto subvencionable es:
  • el servicio de asesoramiento para la realización del plan de negocio por parte de proveedores acreditados por ACCIÓN. Consulta los asesores que tenemos acreditados al equipo de Pymeralia.
Los proyectos se podrán llevar a cabo entre el 1/1/2026 y el 30/6/2027, sin ampliaciones.

Línea 3.2. Proyectos de crecimiento y nuevas oportunidades de negocio – Cambio estructural

La Línea 3.2 se dirige a proyectos empresariales de cambio estructural consistentes en la implementación de las acciones definidas en un plan de negocio previo y que puedan acontecer una nueva línea de negocio para la empresa.
Los gastos subvencionables incluyen:
  • adquisición de maquinaria y equipaciones;
  • gastos externos vinculados exclusivamente a la nueva línea de actividad, como prototipos, pruebas de simulación, estudios de buenas prácticas, certificaciones, homologaciones de producto, software o gastos similares;
  • gastos específicos de formación externa del personal para adaptarse a la nueva actividad;
  • gastos de personal interno dedicado exclusivamente a implementar la nueva actividad;
  • gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación.

Quedan excluidas los gastos en activos inmobiliarios, obra civil, instalaciones asociadas a la obra civil y gastos de ingeniería.

Las actividades subvencionables se podrán llevar a cabo entre la fecha de solicitud y el 30/06/2027.

Línea 3.3. Proyectos de crecimiento y nuevas oportunidades de negocio – Captación de talento

La Línea 3.3 subvenciona proyectos empresariales de captación de talento consistentes en la creación de puestos de trabajo cualificados.

Se entiende por puesto de trabajo calificado el de los trabajadores que disponen de una titulación universitaria, conocimientos equivalentes equiparados para la empresa o experiencia consolidada en su sector profesional. Los lugares tienen que estar dentro de los grupos de cotización 1, 2 o 3 del régimen general de la Seguridad Social.

Los gastos subvencionables son:

  • el coste laboral de los primeros 12 meses del nuevo personal contratado;
  • el gasto de auditoría del informe de justificación.

El cálculo de la creación de ocupación limpia se hace comparando la media de los puestos de trabajo de los 12 meses anteriores con los puestos de trabajo existentes a la fecha de finalización del proyecto. Los puestos de trabajo también se computan en UTA.

Los proyectos se podrán llevar a cabo entre el 1/1/2026 y el 30/6/2027.

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Línea 4. Subvenciones para proyectos cooperativos

La Línea 4 está dirigida a proyectos de carácter colaborativo, integrados por un mínimo de 3 y un máximo de 8 participantes, incluyendo el que actúa como solicitante.

Los gastos subvencionables son:

  • gastos de contratación de servicios a terceros y gastos externos;
  • gastos de personal;
  • gastos de coordinación facturadas por el coordinador;
  • solo para el solicitante, el gasto de auditoría del informe de justificación.
El coste subvencionable aceptado por participante tiene que ser como mínimo de 10.000,00 euros. Los proyectos se podrán llevar a cabo entre el 1/1/2026 y el 30/06/2027.

Línea 5. Subvenciones para proyectos de emprendimiento de alto valor añadido

La Línea 5 subvenciona actuaciones relacionadas con el desarrollo del plan de negocio de una empresa emergente de alto valor añadido en sus fases iniciales.

Se consideran empresas emergentes de alto valor añadido aquellas que cumplan al menos una de estas características:

  • incorporación de innovación;
  • escalabilidad;
  • contribución a la transformación digital o a la transición ecológica.

El gasto subvencionable aceptado tiene que ser como mínimo de 20.000,00 euros y como máximo de 85.000,00 euros.

Los gastos subvencionables incluyen:

  • gastos de personal contratado o de nueva contratación dedicados al proyecto;
  • contratación de servicios a terceros;
  • inversión en materiales y equipamiento, con un máximo del 50% del gasto subvencionable aceptado;
  • otros gastos relacionados con la ejecución del proyecto;
  • gasto de auditoría.

Los proyectos se podrán llevar a cabo entre la fecha de solicitud y el 30/06/2027 y la ayuda máxima total será de 50.000,00 euros.

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Línea 6. Subvenciones para proyectos de innovación tecnológica

La Línea 6 está orientada a proyectos de innovación tecnológica de carácter aplicado, próximos al mercado, con riesgo tecnológico medio o bajo y cortos periodos de recuperación de la inversión, correspondientes a TRLs 7-9. Estos proyectos tienen que fomentar una transformación tecnológica, digital y/o verde de las empresas y mejorar la competitividad gracias a la incorporación de tecnologías avanzadas.

El gasto subvencionable aceptado del proyecto tiene que ser como mínimo de 25.000,00 euros.

Los gastos subvencionables son:

  • gastos de colaboraciones externas y subcontratación, como servicios especializados de ingeniería o diseño y servicios de ensayos y pruebas de concepto;
  • adquisición de equipamiento, únicamente activos fijos nuevos necesarios para el proyecto;
  • otros gastos de adquisición de software o licencias de uso de software necesarios;
  • gasto de auditoría, con un coste subvencionable máximo aceptado de 1.500,00 euros.

Los proyectos se podrán llevar a cabo entre el 1/1/2026 y el 30/06/2027 y la ayuda máxima será de 150.000,00 euros por proyecto.

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Para todas las tipologías de proyectos, el pago de la subvención se tramitará mediante un anticipo del 80% sobre el importe otorgado. El 20% restante se abonará una vez la actividad subvencionada se justifique correctamente.

La convocatoria 2026 de las ayudas para proyectos empresariales en zonas de transición nuclear ya está abierta y permite presentar solicitudes hasta el 22 de mayo de 2026 a las 14:00 h. Con un presupuesto total de 15.000.000,00 euros, esta línea de ayudas se consolida como una oportunidad relevante para empresas que quieran invertir, crecer, innovar, captar talento o desarrollar proyectos cooperativos en los municipios beneficiarios.

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